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Opinión: El “mientras tanto” de la corrupción en Salud y la ley que puede terminar con el chantaje corporativo

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La muerte de Daniel Antonio Osorio Peñaloza —gerente de la firma GenTech y socio del presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem— encendió los focos, otra vez, sobre un entramado mucho más profundo que una trágica crónica policial en el barrio de Almagro. El hecho desnudó el avance de una de las causas penales más sensibles del fuero federal: el multimillonario desvío de fondos en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) a través de la Droguería Suizo Argentina, propiedad de la familia Kovalivker.

Por Santiago Martínez
Director Editorial | Diario IN-FORMADOS

Imagen creada con IA

En el plano judicial, el avance contra la pata pública fue contundente. El juez Sebastián Casanello procesó a comienzos de este año al ex titular de la ANDIS, Diego Spagnuolo, y a su director de Acceso a Servicios de Salud, Daniel Garbellini, por administración fraudulenta y cohecho. Las auditorías demostraron que el organismo pagaba sobreprecios de hasta el 300% en medicamentos de alta complejidad respecto a los valores de mercado de otras obras sociales. Los allanamientos, que incluyeron el secuestro de fajos de dólares en efectivo en propiedades vinculadas a la droguería, expusieron una matriz clásica de “retornos”.

Sin embargo, la disolución de la ANDIS y su absorción por parte del Ministerio de Salud de la Nación abre un interrogante sistémico y alarmante: ¿Alcanza con procesar a los funcionarios si la estructura corporativa que corrompe sigue intacta?

Mientras dure el proceso penal hacia el juicio oral —un “mientras tanto” que en la Argentina suele demandar años—, el Estado se enfrenta a un chantaje operativo. Al ser Suizo Argentina uno de los tres gigantes de la distribución médica del país, la suspensión preventiva de su condición de proveedor suele ser frenada por el propio sistema bajo el argumento del riesgo de desabastecimiento para miles de pacientes oncológicos y crónicos. El monopolio de hecho se convierte, así, en un pasaporte de impunidad temporal.

La corrupción no es un problema de moral individual; es un problema de incentivos de diseño. Si queremos evitar que esta matriz criminal siga operando bajo nuevas firmas en la actual estructura del Ministerio de Salud, el Congreso de la Nación debe modificar las reglas de juego desde la raíz misma de la licitación pública.

La Propuesta: Adjudicatario Suplente de Contingencia

Hacia un blindaje federal de las contrataciones de salud

Para romper el poder de extorsión de las corporaciones cartelizadas y permitir que el Estado suspenda preventivamente a empresas investigadas por corrupción sin afectar a los pacientes, se propone la creación —vía Ley Nacional de Contrataciones, con invitación a la adhesión provincial— de la figura del Adjudicatario Suplente de Contingencia.

Este mecanismo se sostiene sobre dos pilares técnicos y de mercado que eliminan la discrecionalidad de los funcionarios de turno:

1.Establecer un ‘Indexador Espejo’ para la Segunda Oferta: Pilar de Viabilidad Económica.

Toda licitación de alta complejidad determinará un ganador (Titular) y un segundo puesto calificado (Suplente). Para garantizar la vigencia económica de la oferta del suplente durante la vigencia del contrato, su precio no se renegociará de forma discrecional.

Si la oferta original del suplente superaba a la ganadora en un 1%, al momento de activarse la contingencia por suspensión del titular, el precio del suplente se actualizará automáticamente replicando la misma fórmula de indexación que venía aplicando el titular, manteniendo estrictamente ese 1% de diferencia original. Esto da previsibilidad al sector privado y anula la cartelización de precios de urgencia.

2.Implementar el Traslado de Costo por Incumplimiento Logístico: Pilar de Cobertura y Responsabilidad.

Al aceptar la condición de Suplente de Contingencia, la firma asume la responsabilidad civil y operativa del abastecimiento. Si ante la suspensión del titular, el suplente registrara un faltante temporal de un medicamento específico, el Estado quedará facultado para realizar la compra directa de urgencia en el mercado minorista o a un tercero.

La diferencia económica resultante (el sobrecosto de la compra de apuro) será facturada de manera directa a la empresa suplente contratada o descontada de sus certificados de pago pendientes. Esto eleva el estándar de exigencia: solo se postularán como suplentes aquellas empresas con capacidad logística real de absorción del mercado, bajo penalización de severas pérdidas financieras.

Con este esquema, fundamentado en la doctrina administrativa que la propia justicia federal convalidó en fallos previos sobre la gestión de emergencias sanitarias, el “mientras tanto” judicial deja de ser una ventana de impunidad.

Si un empresario coimea o carteliza, el Estado puede suspenderlo al día siguiente: el Adjudicatario Suplente entra de forma inmediata con un precio predeterminado por fórmula, y si no cumple, paga el costo de su propio bache. Es hora de que el Poder Legislativo dote al sistema de salud de herramientas estructurales y deje de apagar incendios con la caja de los contribuyentes.

El laberinto federal: La viabilidad en la Región Centro y el fantasma del lobby local

Para que una reforma de esta magnitud no quede en letra muerta en los pasillos del Congreso de la Nación, debe sortear el verdadero cuello de botella del sistema de salud argentino: el federalismo sanitario. Al ser la salud una facultad no delegada por las provincias a la Nación, la efectividad de esta ley dependerá de la adhesión explícita de las legislaturas provinciales. En la Región Centro, el tablero político y corporativo presenta complejidades muy particulares.

En provincias como Santa Fe y Córdoba, la viabilidad política de la adhesión es, en los papeles, alta. Ambas administraciones provinciales vienen arrastrando batallas crónicas por los presupuestos de sus ministerios de salud y la cobertura de alta complejidad de sus obras sociales estatales (el IAPOS santafesino y el Apross cordobés). Ahogadas por el costo de los medicamentos biológicos y oncológicos —que marchan a ritmo de dólar mientras los ingresos provinciales lo hacen a ritmo de recaudación local—, los gobernadores de la región serían los primeros beneficiados en contar con una herramienta legal que discipline los precios de sus proveedores.

Sin embargo, el verdadero desafío no estará en los despachos gubernamentales, sino en la resistencia sorda que desplegará el lobby de las droguerías locales y regionales.

A diferencia de los tres o cuatro gigantes nacionales (como la cuestionada Suizo Argentina), en el interior opera una red de distribuidoras y droguerías de mediana escala que tienen aceitados vínculos históricos con los sistemas de compras provinciales. Para estas estructuras locales, la introducción forzosa del “Adjudicatario Suplente de Contingencia” representa una doble amenaza:

  • El fin del monopolio por rubro o región: En muchas provincias, los llamados a licitación de medicamentos específicos están “cartelizados de hecho” porque solo una o dos droguerías de la zona tienen la logística para presentarse. Obligarlas a competir sabiendo que una quedará expuesta como suplente con precios congelados por un “indexador espejo” destruye la habitual alternancia con la que se reparten los renglones de las licitaciones.
  • La barrera de la espalda financiera: El pilar de la “responsabilidad por incumplimiento logístico” (el traslado de costos si hay faltantes) es un traje que un gigante corporativo puede soportar, pero que aterra a las droguerías medianas de provincia. El lobby presionará argumentando que esta exigencia “excluye a las pymes locales” y “centraliza el mercado en Buenos Aires”, utilizando el discurso del compre local como un escudo para proteger márgenes de ganancia cartelizados.

Por lo tanto, la estrategia legislativa para blindar esta norma debe ser clara: la ley nacional debe contemplar incentivos de escala. Permitir, por ejemplo, que en las licitaciones provinciales las droguerías locales puedan asociarse bajo la figura de Consorcios o Uniones Transitorias de Empresas (UTE) para calificar mancomunadamente como “Suplentes de Contingencia”.

De lo contrario, el lobby farmacéutico del interior utilizará su habitual capacidad de lobby sobre los senadores provinciales (que funcionan, por su naturaleza, como protectores de las empresas en sus territorios y que, seguramente, éstas son las que pagan sus campañas para ser reelectos) para diluir el proyecto antes de que llegue al recinto, prefiriendo mantener el actual sistema de “emergencias permanentes” y compras directas a dedo que tan bien les ha funcionado.

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Santiago Martínez

Periodista y Director de In-Formados

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